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Artículo 4 de la Ley 14.999

Modifica el decreto con fuerza de ley n° 94, de 21 de marzo de 1960, y las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28014 / 9079330.

Texto oficial

Artículo 4°.- Suprímese en el artículo 1° transitorio de la ley N° 14.836 la frase: "con vigencia máxima hasta el 31 de Diciembre de 1962."