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Artículo 5 de la Ley 14.999

Modifica el decreto con fuerza de ley n° 94, de 21 de marzo de 1960, y las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28014 · idParte: 9079331

Texto oficial

Artículo 5°.- Reemplázase en el artículo 25° de la ley N° 14.171, de 26 de Octubre de 1960, la frase: "pagarán un impuesto a beneficio fiscal, equivalente a la patente municipal, reajustada en la forma señalada en el artículo 23°" por la de: "pagarán un impuesto a beneficio fiscal, equivalente al doble de la patente municipal, reajustada en la forma señalada en el artículo 23°".