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Artículo 2 TRANSITORIO de la Ley 20.300 · Refuerza los estímulos al desempeño del personal de la corporación nacional forestal

Refuerza los estímulos al desempeño del personal de la corporación nacional forestal

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 280147 / 7379998.

Texto oficial

Artículo 2° transitorio.- En el 2008 el pago acumulado que corresponda por aplicación de lo dispuesto en el artículo 3° de la presente ley, respecto de los meses que medien entre el 1 de enero de 2008 y la fecha de pago efectivo, se efectuará junto con las remuneraciones correspondientes al mes de pago posterior a la fecha de publicación de esta ley a los trabajadores permanentes que cumplan con los requisitos señalados en dichos artículos.