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Artículo 17 de la Ley 15.077

Concede reajuste a los empleados publicos, reajusta las pensiones que señala y modifica los impuestos que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28032 / 9079380.

Texto oficial

Artículo 17.o Auméntanse en un 20% los valores de las patentes mínimas establecidas en el inciso segundo del artículo 54 de la ley N.o 11.704 sobre Rentas Municipales.