Texto oficial
Artículo 19.o Establécese a beneficio de la Municipalidad respectiva un recargo de un 20% sobre las multas que se apliquen por los Juzgados de Policía Local.
Concede reajuste a los empleados publicos, reajusta las pensiones que señala y modifica los impuestos que indica
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28032 / 9079382.