Texto oficial
Artículo 32.o Reemplázase en el inciso cuarto del artículo 20° del D.F.L. N° 211, de 1960, la frase: "de Sueldos y, Salarios, del precio al por mayor del trigo blanco del centro y del de la lana enfardada.", por la siguiente: "de precios al por mayor de productos nacionales, en cualquiera de sus rubros industrial, agropecuario o minero, según corresponda.".