Saltar al contenido

Artículo 1 transitorio de la Ley 15.077

Concede reajuste a los empleados publicos, reajusta las pensiones que señala y modifica los impuestos que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28032 / 9079400.

Texto oficial

ARTICULOS TRANSITORIOS {ARTS. 1-2} Artículo 1.o El mayor gasto que origine la aplicación de la presente ley al personal de las Municipalidades, será de cargo fiscal sólo durante 1962.