Texto oficial
Artículo 6.o- Para ser designado en los cargos de
Técnicos Ayudantes consultados en la Planta Directiva,
Profesional y Técnica, será necesario acreditar que se
está en posesión de Licencia Secundaria o Licencia de
Estudios Comerciales, pertenecer al Escalafón de Oficiales
de la Planta Administrativa del Servicio de Impuestos
Internos, estar calificado en Lista número uno, de mérito,
y haber aprobado el curso de la Escuela de Entrenamiento del
Servicio. Este último requisito no será exigible para los
efectos del primer nombramiento que se efectúe con motivo
de la presente ley.