Texto oficial
Artículo 33.o- Declárase que la responsabilidad
criminal a que se refiere el artículo 114.o de la Ley
Orgánica de Municipalidades es aquella que corresponde a
los Alcaldes y Regidores por los decretos o acuerdos
ilegales que dicten y por sus omisiones en el cumplimiento
de sus deberes.