Texto oficial
Artículo 45.o- El personal que ingrese a los Servicios
de Impuestos Internos, Tesorerías, Aduanas y Consejo de
Defensa del Estado en el último grado de cualquier
escalafón, se considerará designado a contrata durante los
primeros doce meses de servicios. Durante este período el
Jefe del Servicio por resolución fundada podrá poner
término a sus funciones.
Para los efectos de este artículo se considerará
último grado de cada escalafón, el último en que existan
vacantes.