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Artículo 53 de la Ley 15.078

Autoriza al presidente de la república para que proceda a reorganizar los servicios que indica y modifica los decretos con fuerza de ley y las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28033 / 8782022.

Texto oficial

Artículo 53.o- Reemplázase en el inciso primero del artículo 3.o de la ley N.o 14.815 la expresión "vigente" por "de 1962" y en el inciso segundo del mismo artículo el término "1961" por "1962". Agréguese la siguiente frase, a continuación del inciso primero del artículo 3.o de la ley N.o 14.815, sustituyéndose el punto por una coma: "y al personal a que se refiere el D.F.L. N.o 218, de 1960".