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Artículo 48 de la Ley 15.120

Aprueba el presupuesto de la nacion en moneda nacional y en monedas extranjeras reducidas a dolares, para el año 1963.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28043 · idParte: 9079451

Texto oficial

Artículo 48.-El artículo 385 del DFL. N.o 338, de 1960, será además aplicable al personal de Carabineros y al personal afecto a la ley N.o 10.223.