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Artículo 50 de la Ley 15.120

Aprueba el presupuesto de la nacion en moneda nacional y en monedas extranjeras reducidas a dolares, para el año 1963.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28043 / 9079453.

Texto oficial

Artículo 50.-Facúltase al Presidente de la República para que, a proposición de la Contraloría General de la República, elimine del Pasivo de la Caja Fiscal los saldos de cuentas de reserva, derogados por el artículo 1.o transitorio del DFL. N.o 47, de 1959.