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Artículo 2 de la Ley 15.141 · Reajusta los sueldos y salarios de los empleados y obreros del sector privado

Reajusta los sueldos y salarios de los empleados y obreros del sector privado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28052 / 9000624.

Texto oficial

Artículo 2°- Auméntanse en un 15%, a contar del 16 de Octubre de 1962, los sueldos y salarios imponibles de los empleados y obreros del sector privado no incluídos en el artículo 1°.