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Artículo 17 de la Ley 15.141 · Reajusta los sueldos y salarios de los empleados y obreros del sector privado

Reajusta los sueldos y salarios de los empleados y obreros del sector privado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28052 / 9000639.

Texto oficial

Artículo 17°- En el año 1963, se considerará que el sueldo vital de los empleados particulares del departamento de Santiago durante 1962, para todos los demás efectos legales ha sido el vigente durante el primer semestre de 1962.