Texto oficial
Artículo 19°- Con cargo a los recursos a que se
refiere el inciso segundo del artículo anterior,
destinánse E° 3.500.000 para que el Banco del Estado de
Chile pague el 15% de reajuste de los sueldos de su personal
en el año 1963.
Reajusta los sueldos y salarios de los empleados y obreros del sector privado
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