Saltar al contenido

Artículo 3 de la Ley 15.221

Autoriza a la municipalidad de hualqui para contratar un prestamo que produzca hasta la cantidad de e° 25.000, con el fin de destinarlo a diversas obras de adelanto local; para su servicio establece una contribucion adicional de un tres por mil anual sobre el avaluo de los bienes raices de la comuna.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28094 · idParte: 8282102

Texto oficial

Artículo 3° El producto del préstamo que se contrate de acuerdo con la autorización concedida en el artículo 1° será invertido en los siguientes fines: a) Aporte a la Dirección de Pavimentación para la ejecución de obras de pavimentación en diversas calles de la ciudad ______________________________ E° 10.000 b) Aporte para la construcción de un edificio para el Mercado Municipal _____ 11.000 c) Aporte o inversión para la adquisición de un terreno o local para 4.000 el funcionamiento del Liceo Coeducacional___________________________ 4.000 --------- TOTAL ____________________________________ E° 25.000