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Artículo 12 de la Ley 15.248

Reestructura las reparticiones y servicios dependientes del ministerio del interior, fija las plantas de sus respectivos funcionarios, modifica los d.f.l. y las leyes que señala y aumenta los sueldos del personal del congreso nacional

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28114 / 8857494.

Texto oficial

Artículo 12.o- Los artículos 1.o a 11.o, inclusive, de la presente ley, entrarán en vigencia el 1.o de Enero de 1963 y, de consiguiente, los decretos de encasillamiento producirán sus efectos a contar de la misma fecha..