Texto oficial
Artículo 16.o- Modifícase el artículo 2.o del D.F.L.
N.o 217, de fecha 6 de Abril de 1960, intercalándose la frase "de la Línea Aérea Nacional de Chile, del Departamento del Cobre, de la Empresa de los Ferrocarriles del Estado", después de la frase "Empresa Nacional de Petróleo", precedida de una coma.