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Artículo 13 de la Ley 15.263

Fija escalas de grados y sueldos bases para el personal administrativo y dependiente del ministerio de educacion publica y modifica los d.f.l. y las leyes que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28124 / 9044948.

Texto oficial

Artículo 13.o Los funcionarios de las plantas de servicio del Ministerio de Educación Pública, después de haber servido sus cargos durante dos años, a lo menos, podrán ser designados sin la limitación del plazo establecido en el artículo 378.o del D.F.L. N.o 338, de 1960.