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Artículo 8 de la Ley 15.266 · Reestructura el ministerio de relaciones exteriores

Reestructura el ministerio de relaciones exteriores

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28127 / 9044996.

Texto oficial

Artículo 8.o La Comisión Nacional de Relaciones Culturales estará integrada por: 1.- El Ministro de Relaciones Exteriores, quien la presidirá; 2.- El Ministro de Educación Pública; 3.- El Subsecretario de Relaciones Exteriores; 4.- El Subsecretario de Educación Pública; 5.- El Subsecretario de Transportes; 6.- El Rector de la Universidad de Chile; 7.- El Alcalde de Santiago; 8.- Un representante elegido por los Rectores de las Universidades reconocidas por el Estado; 9.- El Presidente del Colegio de Periodistas, y 10.- El Director General de Turismo. El Jefe del Departamento de Extensión Cultural y de Informaciones del Ministerio de Relaciones Exteriores será el Secretario Ejecutivo de la Comisión Nacional de Relaciones Culturales. Las labores de los miembros de esta Comisión serán ejercidas sin remuneración.