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Artículo 2 de la Ley 15.275

Libera de todo derecho, impuesto o contribucion la internacion de los vehiculos motorizados que indica, destinados a la prefectura de carabineros de magallanes, a la municipalidad de lota y a la corporacion alianza cristiana y misionera, de osorno.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28134 / 5975863.

Texto oficial

Artículo 2° Autorízase la internación y libérase del pago de los mismos impuestos y derechos señalados en el artículo anterior a un microbús marca Volkswagen, donado a la Corporación "Alianza Cristiana y Misioneras", de Osorno.