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Artículo 9 de la Ley 5.115

Ley 5.115

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 281361 / 9054917.

Texto oficial

Artículo 9.o Tanto los miembros de la Junta Central como los de las demás Juntas, desempeñarán sus cargos gratuitamente y durarán tres años en sus funciones.