Texto oficial
Artículo 3° El Servicio Aerofotogramétrico de la
Fuerza Aérea podrá efectuar cursos regulares a estudiantes
universitarios, dando preferencia a los de los últimos
grados de las Facultades de Ciencias Físicas y
Matemáticas, de Arquitectura y de Agronomía, que hayan
cumplido con la ley 11.170, de Reclutamiento.