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Artículo 5 de la Ley 15.284

Crea el servicio aerofotogrametrico de la fuerza aerea de chile, fija sus funciones y señala su organizacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28141 / 9045128.

Texto oficial

Artículo 5° El Servicio Aerofotogramétrico de la Fuerza Aérea cobrará por los trabajos o estudios que ejecute, los precios que por ellos fije, los que en ningún caso podrán ser inferiores al costo.