Texto oficial
Artículo 12° El Jefe del Servicio Aerofotogramétrico
de la Fuerza Aérea deberá rendir cuenta a la Contraloría
General de la República de la inversión de fondos del
Servicio a través del Comandante en Jefe de la Fuerza
Aérea.
Crea el servicio aerofotogrametrico de la fuerza aerea de chile, fija sus funciones y señala su organizacion
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28141 / 9045135.