Autoriza a la municipalidad de conchali para contratar uno o mas emprestitos que produzcan hasta la cantidad de e° 256.815,17 con el fin de destinarlos al mejoramiento del servicio de aseo y al pago de la deuda que señala para su servicio establece una contribucion adicional de un tres por mil anual sobre el avaluo de los bienes raices de la comuna
Texto oficial
Artículo 2° Facúltase al Banco del Estado de Chile y demás instituciones de crédito o bancarias para tomar el o los préstamos autorizados por esta ley para cuyo efecto no regirán las disposiciones restrictivas de sus respectivas leyes orgánicas o reglamentos.