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Artículo 2 de la Ley 15.475 · Modifica el código del trabajo en materia de feriados legales

Modifica el código del trabajo en materia de feriados legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28199 / 8796987.

Texto oficial

Artículo 2.o- De igual derecho gozarán los obreros que trabajan en empresas fiscales, semifiscales o de administración autónoma.