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Artículo 3 de la Ley 15.475 · Modifica el código del trabajo en materia de feriados legales

Modifica el código del trabajo en materia de feriados legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28199 / 8796990.

Texto oficial

Artículo 3.o- Para los efectos de esta ley se computarán los años trabajados como dependiente en cualquier calidad jurídica, sea como empleado particular, obrero, empleado público, semifiscal, municipal, etc.