Texto oficial
Artículo 23.o- Auméntanse en un 35%, a contar desde el
1.o de Enero del presente año, los sueldos y salarios
imponibles del personal de la Línea Aérea Nacional,
aumento que será de cargo fiscal.
Aumenta las rentas a los funcionarios que indica y modifica las leyes y los d.f.l. que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28212 / 8943808.