Saltar al contenido

Artículo 25 de la Ley 15.575

Aumenta las rentas a los funcionarios que indica y modifica las leyes y los d.f.l. que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28212 / 8943810.

Texto oficial

Artículo 25.o- El personal de la Superintendencia de Compañías de Seguros, Sociedades Anónimas y Bolsas de Comercio, tendrá, a contar del 1.o de Enero de 1964, un 35% de aumento calculado sobre las rentas asignadas a las categorías y grados vigentes al 31 de Diciembre de 1963. Los aumentos que dicha Institución haya otorgado con vigencia en el primer semestre del presente año, se imputarán al presente reajuste.