Saltar al contenido

Artículo 54 de la Ley 15.575

Aumenta las rentas a los funcionarios que indica y modifica las leyes y los d.f.l. que señala

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28212 / 8943842.

Texto oficial

Artículo 54.o- Declárase que el desempeño de los cargos docentes directivos de Decano de Facultad de la Universidad de Chile es compatible con todo otro empleo o función que se preste al Estado. Autorízase al Presidente de la República para dictar, a propuesta del Consejo Universitario, un nuevo Reglamento de Incompatibilidades para el personal de la Universidad de Chile, el cual podrá ser modificado por aquél, a propuesta de los dos tercios del citado Consejo.