Texto oficial
Artículo 116.o- Aclárase el inciso primero del
artículo 36.o del decreto supremo N.o 1.101, de 18 de Julio
de 1960, sobre Plan Habitacional, en el sentido de que no
constituyen renta sólo los intereses y reajustes de los
depósitos en cuentas de ahorro para la vivienda y que, en
consecuencia, la exención de los impuestos de categoría y
global complementario a la renta que se establece en dicha
disposición no es aplicable a los depósitos mismos.