Texto oficial
Artículo 126.o- Sustitúyese en el artículo 124.o de
la ley N.o 13.305 la palabra "anterior", ubicada después de
la palabra "año" y antes del segundo punto (.) seguido, por
"1962".
Aumenta las rentas a los funcionarios que indica y modifica las leyes y los d.f.l. que señala
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28212 / 8943914.