Texto oficial
Artículo 14.o- Autorízase al Tesorero General de la
República para suscribir uno o más pagarés a la orden de
la Municipalidad de Santiago con el objeto de que pueda
cancelar los deudas que tiene pendientes por concepto de
aportes y descuentos con la Caja de Previsión Social de los
Empleados Municipales de Santiago y Caja de Previsión
Social de los Obreros Municipales de Santiago y dé
cumplimiento al mismo tiempo a los pagos que por estos
mismos conceptos esté obligada a realizar los meses
venideros, hasta por la cantidad de E° 5.000.000.
Estos pagarés se emitirán a 10 años, con
amortización semestral e interés anual del 3% y su
servicio quedará a cargo de la Caja Autónoma de
Amortización de la Deuda Pública.