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Artículo 4 de la Ley 15.593

Dispone que el consejo coordinador de adquisiciones y enajenaciones de las fuerzas armadas tendra a su cargo la superintendencia de todo lo relacionado con las adquisiciones y enajenaciones de los servicios de abastecimiento del ejercito, armada y fuerza aerea

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28217 / 9045209.

Texto oficial

ARTICULO 4.o-El Consejo designará un Oficial de las Fuerzas Armadas para que desempeñe el cargo de Secretario, con derecho a voz.