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Artículo 11 de la Ley 15.593

Dispone que el consejo coordinador de adquisiciones y enajenaciones de las fuerzas armadas tendra a su cargo la superintendencia de todo lo relacionado con las adquisiciones y enajenaciones de los servicios de abastecimiento del ejercito, armada y fuerza aerea

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28217 · idParte: 9045216

Texto oficial

ARTICULO 11.o- Las adquisiciones que acuerde realizar el Consejo Coordinador por intermedio de la Dirección de Aprovisionamiento del Estado no requerirán de la intervención del Consejo de esta última Institución.