Saltar al contenido

Artículo 7 de la Ley 15.609

Crea comision destinada a preparar un programa nacional para conmemorar el primer centenario de la muerte de andres bello

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28222 / 9000840.

Texto oficial

ARTICULO 7.o- Todos los establecimientos de educación pública deberán tener en un lugar preferente un retrato de Bello, el cual será proporcionado por el Fondo indicado en esta ley.