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Artículo 2 de la Ley 15.632

Eleva de categoria juzgados de quilpue, villarrica y carahue.- modifica código orgánico de tribunales, y procedimiento civil estatuto administrativo ley colegio de abogados y otras disposiciones legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28231 / 9107135.

Texto oficial

ARTICULO 2.o- Créanse los cargos que se indican en los Tribunales de que se señalan: en el Juzgado de Letras de Carahue, un Oficial Segundo y un Oficial Tercero; en el Juzgado de Letras de Villarrica, dos Oficiales Segundos y un Oficial Tercero. Estos empleos tendrán las remuneraciones asignadas por las leyes vigentes a sus similares de los Juzgados de Letras de Mayor Cuantía de Departamento.