Texto oficial
ARTICULO 8.o- Autorízase al Presidente de la República
para traspasar del ítem 03|01|04| (Honorarios, contratos y
otras remuneraciones) del Presupuesto Corriente en moneda
nacional del Poder Judicial, las sumas no invertidas de
dicho ítem y que correspondan a remuneraciones de los
empleos a que se refiere el artículo anterior, al ítem
03|01|02| (Sueldos fijos) del mismo Presupuesto.