Texto oficial
ARTICULO 17.o- Créase en la Sección "G" del Escalafón
Judicial del Trabajo, un cargo de Oficial Ayudante de la
Corte del Ramo de Santiago, con las remuneraciones asignadas
a la 5a. categoría de la escala de sueldos del personal
subalterno del Poder Judicial.
Dicho cargo se proveerá, por esta vez, a propuesta
unipersonal de la Corte del Trabajo de Santiago, con algunos
de los funcionarios de igual inferior categoría del
Escalafón Judicial del Trabajo.