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Artículo 28 de la Ley 15.632

Eleva de categoria juzgados de quilpue, villarrica y carahue.- modifica código orgánico de tribunales, y procedimiento civil estatuto administrativo ley colegio de abogados y otras disposiciones legales

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28231 / 9107161.

Texto oficial

ARTICULO 28.o- Intercálase como inciso tercero del artículo 22.o de la Ley sobre Cuentas Corrientes Bancarias y Cheques, el siguiente: "El plazo a que se refiere el inciso anterior se suspenderá durante los días feriados."