Texto oficial
"Artículo 1° Las disposiciones de la ley 14.682, de 26 de octubre de 1961, que autoriza a la Dirección de Obras Sanitarias para ejecutar, proyectar instalaciones domiciliarias de alcantarillado y agua potable en las condiciones que señala, se aplicarán a las provincias de Atacama y O'Higgins.