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Artículo 9 de la Ley 15.715

Establece que la corporacion de fomento de la produccion destinara las cantidades que indica a las instituciones y corporaciones que señala para atender a diversas obras de adelanto local en la ciudad de rancagua, con motivo de la celebracion del sesquicentenario de la batalla de rancagua

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28276 / 5976514.

Texto oficial

Artículo 9° Libérase al Club O'Higgins, de Rancagua, afiliado a la Asociación Central de Fútbol, de las prohibiciones que le afectan por aplicación de lo dispuesto en el inciso final del artículo único de la ley 15.277, de 2 de octubre de 1963.