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Artículo 11 de la Ley 15.718

Crea la corporacion denominada instituto de chile, destinada a promover en un nivel superior, el cultivo, el progreso y la difusion de las letras, las ciencias y las bellas artes

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28279 / 9000897.

Texto oficial

Artículo 11° Son funciones del Instituto de Chile: 1.- Desarrollar actividades de carácter cultural, científico o artístico para el cumplimiento de sus fines; 2.- Organizar congresos y reuniones nacionales e internacionales; 3.- Realizar seminarios, foros y publicaciones; 4.- Convocar a concursos, y 5.- Otorgar becas.