Saltar al contenido

Ley 15.719

Establece que a todo el personal del banco central de chile le sera aplicable lo dispuesto en el articulo 4° transitorio del decreto 1.272, de 7 de septiembre de 1961, de economia, fomento y reconstruccion, que fijo el texto refundido de la ley sobre cambios internacionales

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28280

Índice de normas

Artículos