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Artículo 27 de la Ley 15.720

Crea una corporacion autonoma con personalidad juridica y derecho publico y domicilio en santiago, denominada junta nacional de auxilio escolar y becas.

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 28281 · idParte: 9104115

Texto oficial

Artículo 27° Los funcionarios que informaren o retuvieren injustamente una petición de cualquier beneficio de la presente ley por interés, amistad, parentesco u otro motivo, sufrirán la pena de prisión en su grado máximo a presidio menor en su grado mínimo.