Texto oficial
Artículo 31° Las Juntas de Auxilio Escolar y Becas
podrán sesionar con la concurrencia del 40% de sus
miembros, a lo menos, en primera citación y sus acuerdos se
adoptarán por simple mayoría.
Crea una corporacion autonoma con personalidad juridica y derecho publico y domicilio en santiago, denominada junta nacional de auxilio escolar y becas.
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28281 / 9104120.