Saltar al contenido

Artículo 2 de la Ley 15.732

Destina los fondos que indica con el fin de invertirlos en diversas obras de adelanto local en la comuna de maipu faculta a la municipalidad para contratar libremente y sin las limitaciones que señala al personal necesario para el funcionamiento de los servicios de agua y alcantarillado de la comuna libera de todo impuesto, derecho o contribucion la internacion del material que indica, destinado a la misma corporacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 28289 / 8282408.

Texto oficial

Artículo 2° Destínase el producto de dicho impuesto a: Financiar nuevas obras de los servicios de Agua Potable y Alcantarillado de la comuna; Cumplir los proyectos contemplados en el Plano Regulador de la comuna aprobado por la Municipalidad, relativos a: 1. Expropiación de los terrenos necesarios para la formación de los parques "Primo de Rivera" y "Coronel Bueras". 2. Expropiación de los terrenos necesarios para asegurar la prolongación de la Avenida 5 de Abril hasta el camino de Santiago a Melipilla, y demás calles y vías complementarias del Templo Votivo Nacional "Voto O'Higgins". 3. Adquirir los terrenos necesarios para las obras de ensanche y mejoramiento de la Avenida Los Pajaritos, la que en adelante se llamará Avenida Ramón Freire. El Parque Primo de Rivera se denominará en adelante "Isabel Riquelme".