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Artículo 17 de la Ley 20.309 · Transforma casa de moneda de chile en sociedad anónima

Transforma casa de moneda de chile en sociedad anónima

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 283039 / 7381838.

Texto oficial

Artículo 17.- Facúltase al Presidente de la República para que, dentro del plazo de 6 meses contados desde la fecha de traspaso del personal de Casa de Moneda de Chile a la planta transitoria adscrita a la Subsecretaría de Hacienda, mediante uno o más decretos con fuerza de ley, expedidos por medio del Ministerio de Hacienda, traspase, mediante nombramiento o encasillamiento y sin solución de continuidad, al personal de la referida planta transitoria a cualquier órgano o servicio de los referidos en el artículo 24 de la ley N° 18.575, para desempeñar labores propias del cargo que detente y en empleos de la misma jerarquía. Estos nombramientos o encasillamientos no podrán significarle menor renta, para lo cual, cualquier diferencia se pagará por planilla suplementaria de similares características de la concedida en el artículo 15. Los traspasos que impliquen cambio de la residencia habitual, fuera de la Región Metropolitana de Santiago requerirán de la aceptación del funcionario, la cual deberá constar por escrito. En el ejercicio de esta facultad, el Presidente de la República podrá modificar, en los servicios a los cuales traspase funcionarios, las plantas y dotaciones de personal, creando los cargos necesarios y estableciendo, de ser pertinente, sus requisitos específicos. El Presidente de la República, de preferencia, traspasará personal a los cargos vacantes de las plantas de funcionarios de los servicios a los que se incorpora. Los traspasos que se dispongan, no serán considerados como causal de término de servicios, ni supresión de cargos, cese de funciones o término de la relación laboral. Las personas traspasadas conservarán el número de bienios que tengan reconocidos, como también el tiempo computable para uno nuevo.